INSCRIPCIÓN COLABORADORES DE LA FUNDACIÓN

Bajo régimen fiscal de los donativos, donaciones y aportaciones realizadas a favor de las fundaciones, previstas en el articulo 18 de la ley 49/2002, será según última actualización del 1 de enero 2024, Real Decreto le 6/2023, de 19 de diciembre.

COLABORADOR

El colaborador/a de La Fundación es el padre / madre o tutor legal del usuario/a o alumno/a, o amigo/a de Fundar.

USUARIO/A

El usuario/a o alumno/a, es el que se beneficia de las actividades de La Fundación.

Actividad:

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Los pagos se harán obligatoriamente mediante domiciliación bancaria:

Los cobros por escuelas serán mensuales, de inicio a fin de la temporada, no cobrándose únicamente por servicios no prestados por parte de la Fundación o en caso de lesión o enfermedad de larga duración del alumno.
Del 1 al 10 de cada mes, y al mes vencido, se pasaran los recibos correspondientes. Para darse de baja, habrá que comunicarlo con un mes de antelación.
Formato: ESXX-XXXX-XXXX-XXXX-XXXX-XXXX

Los cobros por escuelas serán mensuales, de inicio a fin de la temporada, no cobrándose únicamente por servicios no prestados por parte de la Fundación o en caso de lesión o enfermedad de larga duración del alumno.

Del 1 al 10 de cada mes se pasaran los recibos correspondientes. Para darse de baja, habrá que comunicarlo con un mes de antelación.

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