Menu

user_mobilelogo

INSCRIPCIÓN COLABORADORES DE LA FUNDACIÓN

Según el régimen fiscal de los donativos, donaciones y aportaciones realizadas a favor de las fundaciones, previstas en el articulo 18 de la ley 49/2002, será del 25 % en el caso de los contribuyentes del IRPF y del 35 % en el de los sujetos pasivos del Impuestos de Sociedades. El limite de deducción de ambas aportaciones, serán las previstas en cada caso en la ley.

El colaborador/a de La Fundación es el padre / madre o tutor legal del usuario/a o alumno/a, o amigo/a de Fundar.

USUARIO/A

El usuario/a o alumno/a, es el que se beneficia de las actividades de La Fundación

Los pagos se harán obligatoriamente mediante domiciliación bancaria

Los cobros por escuelas serán mensuales, de inicio a fin de la temporada, no cobrándose únicamente por servicios no prestados por parte de la Fundación o en caso de lesión o enfermedad de larga duración del alumno.

Del 1 al 10 de cada mes se pasaran los recibos correspondientes. Para darse de baja, habrá que comunicarlo con un mes de antelación.